El Caso Nadia a debate en el CES Cardenal Cisneros: CONCLUSIONES
El vicepresidente del TS advierte de que la Ley Penal del Menor “ha fallado” a la hora de individualizar las condenas
MADRID, 9 DE MARZO DE 2017
El vicepresidente del Tribunal Supremo, Ángel Juanes, ha lamentado este jueves que, a su juicio, la aplicación de la Ley de Responsabilidad Penal del Menor “ha fallado” a la hora de individualizar las condenas atendiendo a la situación y el contexto de cada caso, un principio que, según ha indicado, “inspiró” la redacción de la ley. “Es una buena ley pero ha fallado en eso”, ha matizado.
El juez ha participado en una jornada sobre ‘La protección de los derechos de los menores a la vista del caso Nadia‘ en el CES Cardenal Cisneros, en el que también han intervenido la magistrada del Juzgado de Menores nº 1 de Madrid, Concepción Rodríguez, la abogada en derecho de familia Paloma Zabalgo, el psicólogo y exdefensor del menor de la Comunidad de Madrid Javier Urra y la jefa de Sociedad del diario ‘La Razón’, Rocío Ruiz.
Durante su intervención, Juanes ha matizado que, contra la creencia popular, los menores “no están exentos de responsabilidad penal” sino que dicha responsabilidad se rige por una ley distinta, la Ley Penal del Menor. Dicha ley, según ha explicado, exige que las penas por los delitos cometidos por menores se establezcan atendiendo a criterios de “resocialización” y a la situación concreta de cada caso, sin dejar de defender los intereses de las víctimas y de las personas implicadas.
“¿Supone ello que la sociedad queda desamparada cuando los menores cometen delitos graves? Lo que la sociedad debe saber que una respuesta únicamente punitiva no es la más adecuada”, ha manifestado ante el grupo de estudiantes, en su mayor parte matriculados en cursos de psicología o derecho.
Por ello, ha reivindicado el carácter “vocacional” necesario para ser juez de menores porque es un tipo de judicatura que, según ha indicado, “requiere una especial dedicación, una especial sensibilidad y una especial atención, porque la individualización requiere un esfuerzo” de investigación y estudio de cada caso.
En todo caso, ha precisado que la filosofía que inspira la Ley de Responsabilidad Penal del Menor no contradice que “en ocasiones habrá que adoptar medidas que son, efectivamente, más severas” sino que incide en que no debe pensarse que “con las solas medidas represivas se van a solucionar los problemas”. “Estamos ante un problema educativo, no solo penal”, ha asegurado.
Antes de la clausura de la jornada, a cargo del vicepresidente del TS, los participantes en el coloquio han expuesto ante los estudiantes algunas de las principales cuestiones relativas a la protección del menor desde el punto de vista mediático, psicológico, civil y penal, al hilo del conocido como caso ‘Nadia’, en el que un matrimonio está siendo investigado por, presuntamente, aprovechar una enfermedad de su hija menor para recoger donativos con los que lucrarse.
EL DEBER DE PROTEGER A LOS HIJOS
En este sentido, Urra se ha mostrado convencido de que “los padres a menudo se equivocan mucho con los niños” y ha insistido en su obligación de “proteger la imagen de sus hijos”. Además, ha apuntado a algunos medios de comunicación a los que ha acusado de no ser suficientemente respetuosos con la protección del menor y de “difundir información confundiéndola con conocimiento” y de “dar por buena cualquier terapia”, en referencia al caso del niño de Olot que murió el año pasado y al que sus padres habían decidido no vacunarle.
En este sentido, la magistrada del Juzgado de Menores nº1 de la Comunidad de Madrid ha recordado que “la patria potestad consiste en primer lugar en el derecho y el deber de representar y administrar los bienes de los niños” así como velar por sus intereses y “prestarles los alimentos, sanidad y educación” necesarios. “Tienen el deber de salvaguardar la identidad física o psicológica del menor, siempre en su interés”, ha resumido.
De hecho, la abogada de familia se ha mostrado convencida de que “cada vez hay más situaciones de problemas con los menores derivados de las conductas de sus padres” y ha expuesto varios casos en los que, según ha indicado, la conducta de los padres y la judicialización de cuestiones relativas al ejercicio de la patria potestad ha terminado por “perjudicar” al menor.
LOS ESTUDIANTES PREGUNTAN POR LOS MENORES TRANSEXUALES
Tras las exposiciones, varios estudiantes han preguntado a los ponentes por los casos en que los padres de un menor puedan estar “adoctrinándole” para que se identifique con una identidad sexual distinta de la de su cuerpo. “¿Dónde queda el derecho de los padres a educar si un niño toma una serie de decisiones para operarse? ¿El menor no es maduro para afiliarse a un partido político pero sí para cambiar de sexo?”, ha preguntado uno de ellos.
En respuesta estas cuestiones, la magistrada del Juzgado de Menores nº1 de la Comunidad de Madrid ha respondido que “hay ejercer la patria potestad respetando la identidad del menor” y ha manifestado que, aunque “inevitablemente” se producen influencias indirectas en la misma, “influir directamente para que un hijo cambie de sexo afecta a la personalidad del menor y va en contra de sus intereses”. “Es el menor quien tiene que decidir qué es lo que es y qué es lo que busca en la vida”, ha concluido.
Por ello, subraya que en el caso de los menores transexuales, conviene “estudiar cada caso” para determinar si “esa persona tiene una identidad o no distinta” o si “se trata de una duda”, en cuyo caso cree que sería necesario “esperar a su proceso de maduración”.
Por su parte, el psicólogo Javier Urra ha reconocido que se trata de una cuestión “de gran complejidad” para la ciencia y para el derecho pero cree que cuando un niño se siente niña “obligarle a estar en esa jaula durante años va contra el interés del menor” y argumenta que “ahora todo es neurociencia, pero son mucho más que su cuerpo porque además tienen mente y tienen alma”.
¿DAR UNA BOFETADA ES DELITO?
Por otra parte, uno de los asistentes al coloquio ha pedido a los ponentes que expliquen su opinión sobre los casos en que un padre o madre han sido condenados a penas incluso de cárcel por haber propinado una bofetada a sus hijos, algo que antes era considerado parte del “derecho de corrección” inherente a la responsabilidad educativa de los padres.
En este sentido, todos los ponentes han coincidido en que es “una exageración” imponer penas de cárcel o, a juicio de la magistrada, “cualquier condena” a un padre o una madre por darle una bofetada a su hijo, aunque se han mostrado en contra de que el hecho de pegar a un hijo tenga alguna utilidad educativa.
“No creo que una persona va a comprender mejor lo que ha pasado porque se le pegue, lo que puede ocurrir es que coja odio hacia el padre o hacia la madre. Ahora bien, llevar a la cárcel a un padre o una madre por darle una torta a un menor de edad o que se le imponga cualquier otra pena me parece excesivo”, ha concluido Concepción Rodríguez.
Fuente: Europa Press
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